CORTE SUPREMA EN FALLO POLITICO ANULA PARCIALMENTE SENTENCIA EN CONTRA DE COMUNEROS MAPUCHES

DECISION VULNERA FLAGRANTEMENTE DERECHO INTERNACIONAL

INSTITUCIONALIDAD JURIDICA REGRESA A LOS TIEMPOS DE DICTADURA CUANDO LA JUSTICIA SE HIZO COMPLICE DE LAS VIOLACIONES A LOS DDHH

La Corte Suprema anulo parcialmente la sentencia que recaía cobre los comuneros mapuches, procesados bajo un procedimiento irregular tramitado en virtud de la Ley Antiterrorista y con una sentencia dictada dentro de una ley común, juicio relacionado con el caso del atentado al Fiscal Elgueta. El efecto de esta medida fue rebajar las penas y ponerle paños frios a un conflicto que se va agudizar si alguno de ellos muere.

Un proceso plagado de irregularidades procesales, medios de prueba custionables y con testigos protegidos, donde la garantía constitucional del Debido Proceso conforme se entiende en un Estado de Derecho democrático y establecido en el Derecho Internacional, no fue observada por los Tribunales y groseramente manipulada por los jueces del Tribunal TOP de Cañete.

Este caso, nos trae a la memoria la conducta reprochable del Máximo Tribunal de la República en tiempos de dictadura, cuando daba crédito irrestricto a los informes que emanaban de organismos de seguridad y en base a estos, negaban constantemente los recursos de amparo y protección en favor de personas detenidas las que posteriormente, fueron brutalmente asesinadas y desaparecidas por estas asociaciones ilícitas, reconocidas ahora como criminales. Recordemos la tristemente frase de un supremo, "Los detenidos desaparecidos me tienen curco". La Corte Suprema jamas ha asumido la responsabilidad por tan grave omision, es parte del lado oscuro de nuestras instituciones juridicas, que dan una señal estraordinariamente pernisiosa para la convivencia nacional cuando con este tipo de fallos nuestros Exelentisimos demuestran que nuestro Estado de Derecho es de goma.

Un procedimiento que tiene vicios de nulidad en la etapa y objeto de la prueba, fundamentalmente en la participación de testigos sin rostro, adolece de una irregularidad procesal grave gravísima, y que seria causal irefutable de nulidad absoluta de todo los obrado, por lo que la resolucion de la Suprema evidencia un fallo eminente político y no ajustado a derecho, hecho que situa a nuestro maximo Tribunal del pais como un organo eminentemente politico.

Son procedimientos de aparencia legal, a los cuales la Corte Suprema le entrega un sello de pulcritud procesal, pero que no persiguen justicia, sino enviar una señal política a la ciudadania, como cualquier otro órgano politico del Estado, en una estrategia comun y concensuada con los otros poderes del Estado, tendientes a controlar el descontento social o las justas reinvidincaciones de grupos étnicos, es un acto inminentemente represivo y no de Derecho. El nivel de discrimacion y vulneración de los Derechos Procesales tras esta decisión de la Suprema, se hace intolerable, teniendo a la vista lo ocurrido en dictadura.

Respecto, de parcializar el proceso y enmendar solo una parte de el, es una situación similar a la ocurrida en tiempos de la dictadura militar, cuando la Corte Interamericana de DDHH señalo en su jurisprudencia en el caso Alminacid/Arellano, respecto a una excepción de incompetencia de la Corte presentada por Chile, "la investigación criminal constituye un todo único y continuo, permanente en el tiempo. El proceso no es susceptible de ser parcializado, dividido, separado o escindido, ni siquiera material o formalmente, es y ha seguido siendo siempre, en forma invariable y permanente en el tiempo, uno solo, con una foliación continua, al igual que su tramitación, y las acciones judiciales intentadas, no tienen la calidad de "hechos independientes", carácter que, además, es ajeno a la realidad material, formal y jurídica."

Respecto al debido proceso la misma Corte ha señalado interpretando el articulo 172 de la convención "se incumple por no producir resultados satisfactorios" sino, "por no emprenderla con seriedad sino más bien, como una formalidad condenada de antemano a ser infructuosa" o como, "una gestión de intereses particulares que dependa de la iniciativa procesal de la víctima o de sus familiares o de la aportación privada de elementos probatorios sin que la autoridad pública demuestre interés real y efectivo en la búsqueda de la verdad".

De esta manera, esta decisión de nuestra Suprema debe remitirse a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sin duda alguna, es evidente que el Estado, a través de su órgano jurisdiccional ha violentado el Estado de Derecho Democrático y el Derecho Internacional de los DDHH, incumpliendo con ello, uno de los principios fundantes de la relaciones internacionales, el principio "Pacta Sun Servanda" y ha generando la legitima duda, si la Corte Suprema Chilena en este caso y en otros casos, ha actuado como "potestas" o "autorictas".

DEFENSORA NACIONAL, PAULA VIAL

La Defensora Nacional, Paula Vial, en el marco de su última cuenta pública anual, afirmó que la vigencia de la llamada Ley Antiterrorista, cuyas herramientas -como los testigos protegidos y sin rostro- fueron utilizadas por el Ministerio Público durante el juicio oral que enfrentaron comuneros mapuche, “no contribuyen a la democracia en nuestro país”.

“Hay ciertas instituciones como los testigos sin rostros que son baches en ese camino. Una democracia como la nuestra no se enaltece con instituciones como esa donde las condenas se basan en N.N y personas sobre las cuales nosotros no podemos hacer nada para poder enfrentarlas. Sentimos que estas instituciones afectan lo que debiera ser un debido proceso”, dijo la abogada.

"Desafortunadamente, no obstante que ya se resolvió en una instancia judicial, es una pelea que hay que seguir dando porque desde luego es una institución que no prestigia nuestro estado de derecho y que lleva a situaciones como esta condena que nosotros lamentamos, porque más allá que como sociedad busquemos que quienes cometan delitos sean sancionados, creemos que eso debe hacerse en un camino que está adecuadamente pavimentado, donde se respeten los derechos y garantías de todos", dijo Vial.

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